Nuestra Fe

DOCTRINA DE LA IGLESIA ANGLICANA DE CHILE

Tomado del Artículo II de la Constitución de la Provincia Anglicana de Chile

La IACH forma parte de la Iglesia de Cristo que es Una, Santa, Universal y Apostólica, creemos en un Dios en tres personas, Padre, Hijo y Espíritu Santo, y confesamos a Jesucristo como el Camino, la Verdad y la Vida y que nadie llega al Padre sino es por Él. Es por esto que identificamos los siguientes elementos como fundamentales para la IACH y los consideramos esenciales para su membresía.

01 Reconocemos y confesamos como Superior Autoridad a la Voluntad de Dios, expresada en las Santas Escrituras, siendo todas estas Santas Escrituras inspiradas por Dios. Creemos que son inspirados los sesenta y seis libros del Antiguo y Nuevo Testamento que como tales señala el Artículo VI de los Treinta y Nueve Artículos de Religión y que ellos son norma y medida de Fe. Estas Escrituras contienen todas las cosas necesarias para la salvación, “de modo que cualquiera cosa que ni en ella se lee ni con ella se prueba no debe exigirse de hombre alguno que la crea como artículo de Fe, ni debe ser tenida por requisito para la salvación”.

02 Reconocemos como autoritativos en cuestiones de Fe, pero subordinados a las Santas Escrituras, a los tres Credos Históricos, conocidos como el Niceno, el de Atanasio, y el comúnmente llamado de los Apóstoles; ellos deben ser admitidos y creídos enteramente, porque pueden ser probados por el testimonio muy cierto de las Santas Escrituras.

03 Reconocemos como Sacramentos a aquellos ordenados por nuestro Señor Jesucristo en el Evangelio, a saber: el Bautismo y la Cena del Señor. Los Sacramentos son ordenanzas que el mismo Señor Jesucristo instituyó para ser realizados en comunidad. No solamente son señales de la profesión de los cristianos, sino más bien son testimonios de la gracia y buena voluntad de Dios hacia nosotros, por las cuales obra Él invisiblemente en nosotros, y aviva no sólo nuestra fe, sino que también la fortalece y confirma. Los Sacramentos deben ser administrados usando las palabras de institución y los elementos ordenados por el Señor Jesucristo y que están registrados en el Libro de Oración Común.

04 Reconocemos al Libro de Oración Común (LOC) como el modelo de adoración anglicano. Reconocemos al Libro de Oración Común de 1662 de la Iglesia de Inglaterra y al Ordinal que lo acompaña como el estándar de la doctrina y disciplina anglicana en Chile. Reconocemos al Libro de Oración Común y Manual de la Iglesia Anglicana de Chile actualmente vigente o sus eventuales modificaciones posteriores aprobadas según los procedimientos establecidos en esta Constitución y los Cánones que la acompañan como la expresión litúrgica del anglicanismo en la República de Chile.

05 Reconocemos a los Treinta y Nueve Artículos de Religión de la Iglesia de Inglaterra compilados en 1571, tomados en su sentido literal y gramatical, como la posición anglicana ante ciertas doctrinas en las que antes hubo alguna controversia, y también como la auténtica expresión de lo que los anglicanos creen y sostienen hoy. Dado que los Artículos XXXVI y XXXVII originales expresan la situación existente en Inglaterra cuando ellos fueron compilados, consideramos los Artículos XXXVI y XXXVII modificados tal como aparecen en el LOC chileno como adecuadas adaptaciones del espíritu de ellos para la IACH.

06 Reconocemos al episcopado histórico como una forma adecuada y legítima de liderazgo en la Iglesia.